Un proyecto ingresado al Concejo propone incorporar y regular la acuamación o biocremación de animales de compañía como un método alternativo para la disposición final de sus restos. La iniciativa plantea que el procedimiento pueda ofrecerse como una opción complementaria al entierro y la cremación tradicional, bajo un marco específico de habilitación, fiscalización y control municipal.
La propuesta define a la acuamación como un proceso de hidrólisis alcalina acelerada que se realiza en recipientes herméticos y sistemas cerrados, mediante agua, reactivos alcalinos, temperatura y presión controladas. El procedimiento disuelve la materia orgánica y genera una solución líquida hidrolizada y restos minerales óseos, que posteriormente pueden ser procesados para su entrega en una urna.
Según los fundamentos del proyecto de la concejala Carolina Labayru, uno de los principales argumentos para incorporar esta alternativa es su impacto ambiental. Es que a diferencia de la cremación tradicional, el proceso no utiliza combustión y sostiene que permitiría reducir el consumo de energía térmica y las emisiones asociadas a los hornos crematorios.
Dónde podrían funcionar
El proyecto establece que los establecimientos dedicados a la acuamación deberán contar con habilitación municipal, certificado de aptitud urbanística e informe de impacto ambiental favorable. Además, deberán utilizar equipos fabricados específicamente para este procedimiento y contar con certificaciones técnicas y de seguridad reconocidas internacionalmente.
En cuanto a la localización, la actividad podría instalarse únicamente en determinadas áreas de tejido de la ciudad o en parques, polígonos y sectores industriales oficialmente reconocidos.
La trazabilidad
La iniciativa establece que cada animal deberá contar con un registro desde su recepción o retiro hasta la entrega de los restos. La ficha deberá incluir datos del responsable y de la mascota, además de información sobre la refrigeración, ingreso al reactor, duración del ciclo, secado y molienda.
Una vez terminado el procedimiento, el establecimiento deberá entregar al titular una urna precintada con identificación y un certificado de disposición final por acuamación, con los datos de la mascota, la fecha de procesamiento y el código de trazabilidad.
Antes de contratar el servicio, además, el responsable deberá firmar un consentimiento informado en el que se explique la naturaleza del procedimiento, el destino del efluente, el tiempo estimado del proceso y las características de los restos minerales que serán entregados.
Controles y sanciones
El proyecto también fija condiciones estrictas para el manejo de los residuos líquidos y prohíbe el vuelco de efluentes sin tratamiento, soluciones cáusticas o aguas de lavado con carga biológica en la vía pública, cursos de agua, canales o napas. Los establecimientos deberán operar en circuitos cerrados y evitar emanaciones hacia el exterior.
Además, deberán contar con un plan de contingencia para responder ante derrames químicos, fallas de los equipos, cortes de energía, pérdida de refrigeración, olores, vuelcos no autorizados u otros incidentes que puedan afectar la salud, la seguridad o el ambiente.
La iniciativa contempla multas para incumplimientos administrativos y de trazabilidad, y sanciones además de posibles clausuras preventivas, ante faltas vinculadas con bioseguridad, transporte o planes de contingencia. Para infracciones ambientales graves, como el vuelco de efluentes no tratados, emisiones contaminantes o alteraciones de la trazabilidad, las multas son mayores, con posibilidad de clausura temporaria o definitiva.