La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal anuló un fallo previo de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario que había revocado los procesamientos de cinco exdirectivos de Aguas Santafesinas S.A. (ASSA), imputados por la descarga de efluentes peligrosos al río Paraná. La decisión fue adoptada por los camaristas Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos el 30 de octubre pasado, quienes señalaron que la resolución recurrida no había analizado de manera integral el alcance de la Ley 24.051, de residuos peligrosos.
La Sala A de la Cámara Federal de Rosario había sostenido que ASSA, al ser una empresa de servicios públicos y no una industria, no podía ser encuadrada dentro de la ley que regula residuos peligrosos. Asimismo, había considerado que los efluentes cloacales no constituían “residuos peligrosos” en los términos de la norma. Con esa interpretación, revocó los procesamientos y paralizó la investigación, según publicó el sitio Fiscales.gob.ar.
Vista aérea de la costa a la altura de calle Ayolas, en momentos en que se producía el vertido contaminante.
El máximo tribunal penal de la Nación indicó, sin embargo, que la condición de empresa de servicios públicos no exime de cumplir las disposiciones de protección ambiental. En su resolución, los camaristas destacaron que “el derecho a un ambiente sano rige para todas las actividades productivas” y recordaron que la función de ASSA —gestionar y tratar líquidos cloacales— está orientada a preservar los recursos hídricos.
La investigación, que abarca desde septiembre de 2018 hasta octubre de 2021, determinó que la Planta de Recepción Emisario Sur, ubicada en avenida Circunvalación y Ayolas, descargaba diariamente 350 millones de litros de efluentes cloacales al río Paraná. Los peritajes realizados por la División de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina y profesionales técnicos del ámbito judicial confirmaron la presencia de sustancias peligrosas y altos niveles de bacterias como Escherichia coli, así como de metales pesados como plomo y níquel.
La causa se inició a mediados de 2021 a partir de la denuncia de la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, que también se constituyó como querellante. El Ministerio Público Fiscal, a cargo de los fiscales federales Matías Scilabra y Federico Reynares Solari, con la colaboración de los fiscales coadyuvantes Matías Mené, Franco Benetti y Santiago Alberdi, y la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA), dirige la investigación sobre el impacto de estas descargas en la salud y el ambiente.
En mayo de 2024, el Juzgado Federal N°3 de Rosario procesó a los exintegrantes del directorio de ASSA Hugo Morzán, Marisa Gallina, Alfredo Oscar Menna (actual vicepresidente), Darío Corsalini y al exgerente Gustavo Omar Actis por el vuelco de efluentes tóxicos sin tratamiento. La fiscalía encuadró las conductas en el artículo 55 de la Ley 24.051, que prevé penas de 3 a 10 años de prisión y multas para quienes contaminan de manera peligrosa el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente.
Imágenes de evidencia que los fiscales sumaron a la causa.
Tras la apelación de las defensas, la Sala A de Rosario revocó los procesamientos argumentando que los efluentes cloacales no eran residuos peligrosos según la definición que había tomado de un diccionario de la Real Academia Española, y que no se había probado un perjuicio concreto en la salud o el ambiente. Los fiscales y la querella presentaron recursos de casación, que fueron rechazados inicialmente, por lo que elevaron quejas ante la Casación.
Con la anulación de la decisión de la Cámara Federal de Rosario, la Sala IV ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento, dejando abierta la posibilidad de reconsiderar los procesamientos de los exdirectivos de ASSA y de avanzar en la investigación por la contaminación del río Paraná.